Artículo 149. Uso de señales en obra y otras actuaciones

Reglamento General de Circulación (RD 1428/2003)Ver en el BOE

En cualquier tipo de obra, actividad en la vía o tramos en servicio dispuestos como tramos de ensayo se usará la señalización recogida en el anexo I.

Únicamente de forma justificada se podrán utilizar señales distintas a las recogidas en el anexo I.